Prestación por desempleo NASpI
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Qué es Prestación por desempleo NASpI
La NASpI es la prestación mensual que paga el INPS a quienes han perdido involuntariamente su empleo por cuenta ajena. Te ayudamos a presentar la solicitud correctamente, reduciendo el riesgo de retrasos o de rechazo por parte del INPS.
Quién puede solicitar Prestación por desempleo NASpI
Trabajadores por cuenta ajena que han perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad (despido, fin de contrato) y que cumplen los requisitos de cotización y de trabajo fijados por el INPS.
Documentos necesarios para Prestación por desempleo NASpI
Descargar la lista de documentos (PDF, en italiano)Prepara estos documentos para Prestación por desempleo NASpI. Si te falta alguno, escríbenos antes de reservar: a menudo podemos obtenerlo nosotros.
- Documento de identidad vigente
- Código fiscal o tarjeta sanitaria
- Permiso de residencia vigente (para ciudadanos no comunitarios)
- Última nómina recibida
- Carta de despido o copia del contrato vencido
- IBAN para el pago de la prestación
Cuánto cuesta Prestación por desempleo NASpI
El coste de Prestación por desempleo NASpI es de 40 €.
Plazos y vencimientos
Los plazos de Prestación por desempleo NASpI dependen del organismo que recibe el trámite. Te damos una estimación cuando lo abrimos.
Preguntas frecuentes sobre Prestación por desempleo NASpI
¿Cuándo tengo que presentar la solicitud?
La solicitud de NASpI debe presentarse al INPS en un plazo de 68 días desde el fin de la relación laboral. Pasado este plazo, se pierde el derecho. (Fuente: inps.it)
¿También necesito la DID (Declaración de Disponibilidad Inmediata)?
Sí, la NASpI exige firmar la DID: si todavía no lo has hecho, la incluimos junto con la solicitud. (Fuente: inps.it)
Tengo número de IVA o estoy inscrito en la Gestione Separata, ¿cambia algo?
Siempre debes declarar los ingresos que prevés obtener durante el año, aunque sean cero: es obligatorio para conservar el derecho a la NASpI. Lo mismo vale para administradores de empresas o inscritos en los regímenes de artesanos y comerciantes. (Fuente: inps.it)
¿Puedo trabajar a tiempo parcial mientras cobro la NASpI?
Sí, pero debes comunicar al INPS los ingresos previstos: el importe de la NASpI se reducirá en proporción.
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